Por los Fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio actuando en forma Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la Repùblica y por autoridad de la ley, ha decidido: PRIMERO: ABSUELVE a la acusada MARIA HELEN MACHADO DE PIZZARI, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 39 años de edad, de Profesión u oficio Administradora, casada, titular de la cédula de identidad Nro. 7.818.234, fecha de nacimiento 20-10-65, hija de RAMON ENRIQUE MACHADO Y JENETTE MARGARITA ZAMBRANO, y residenciada en la Av. 15C N° 69A-28, de esta ciudad del estado Zulia, quien se encuentra en libertad, como co-autora en el delito de FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 321, del Código Penal (antes de la reforma del 16-03-2005), en perjuicio de la FE PUBLICA y del ciudadano FELIX CANELON LOPEZ; y SEGUNDO: ABSUELVE al acus.....