IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado CARLOS JAVIER CHOURIO, procediendo en su carácter de Fiscal Suplente Especial de la Fiscalia Undécima Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal, contra la decisión de fecha 19 de Marzo de 2006, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual decreta medida cautelar sustitutiva de la privación de liberad de las establecidas en los ordinales 3 y 4 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano CHARLY AHMAR MARHOUL y en consecuencia se CONFIRMA la decisión impugnada, con las modificaciones resultantes que han quedado expresadas en el presente fall.....