En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos. interpuesto por la profesional del derecho NANCY ACOSTA, Defensora Pública Octava Penal Ordinario adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, quien actúa con el carácter de Defensora Privada del imputado JUAN CARLOS RIVAS, contra la decisión Nº 1937-08, de fecha trece (13) de Junio del año 2008, emitida por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia; todo en razón de verificarse llenos los extremo de ley, previstos en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 1937-08, de fecha trece (13) de Junio del año 2008, emitida por el Juzgado.....