DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en forma unipersonal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Declara "CULPABLE" al acusado DEIVIS ENRIQUE RAMOS, venezolano, natural d Machiques de Perija Estado Zulia, 29 años de edad, fecha de Nacimiento 02/08/80soltero, o, titular de la Cedula de Identidad Nro 15.253.518, Comerciante hijo Ángel Pérez (d) y Maria Custodia ramos (v) y residenciado en B Barrio la Musical diagonal al mercado negro , Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por los delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO FRUSTRACIÓN COMETIDO EN LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 406 ORDINAL 1 EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 80 DEL CODIGO PENAL Y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, PREVISTO Y SANCIONADO .....