SE DICTO AUTO MOTIVADO MEDIANTE EL CUAL ESTE TRIBUNAL EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, seguida en contra de los ciudadanos MARCO ANTONIO MONAGAS SANCHEZ Y VICTOR DAVID RAMIREZ MORILLO, titular de la cédula de identidad Nº V-18.501.860 y V-19.920.075, de conformidad con lo previsto en el artículo 49, numeral 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, y por corolario DECRETAR el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en su contra, según lo dispuesto en el artículo 46 ejusdem, en concordancia con el artículo 300, numeral 3 ibídem, aplicables por remisión expresa del artículo 67 de la Ley Especial. Remítase en su oportunidad legal el expediente a la oficina de Archivo Judicial a los fines de su resguardo y cuido. A tal efecto.