DISPOSITIVO
En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano MARVIN NAVA en contra de la entidad de trabajo CERVECERÍA POLAR C.A., todo de conformidad con el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia además con la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
A tal efecto, ordena:
PRIMERO: Notificar, mediante boleta a la Sociedad Mercantil CERVECERÍA POLAR C.A., en la persona de la ciudadana GIULIANA CECCARELLI, en su condición de representante legal, titular de la cédula de identidad No. V-23.453.266, para que concurra al Tribunal a la celebración de la Audiencia Oral, la cual tendrá lugar d.....