. Analizadas las actas y oído lo expuesto por la Representación Fiscal, este JUZGADO DECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera ajustado a derecho DECRETAR LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano WILMEN DAVID LOPEZ COLINA, de 23 años de edad, nacido el 28-08-81, titular de la cédula de identidad N° 14.953.248, venezolano, natural de Maracaibo, de profesión u oficio Estudiante y herrero, hijo de Adolfredo Emiro López Molina(Dif.) y Ramona del Carmen Colina de López, Residenciado Barrio 24 de Julio, Av. 49D, Calle 181-39, Tercera Etapa, a cuadra y media del abastos Los Cinco Negros, Municipio San Francisco del Estado Zulia, declarando así con lugar la solicitud fiscal, sin menoscabo de continuar con la investigación correspondiente y determinar la responsabilidad si la hubiere del imputado, hasta tanto le sean practicados los exámenes médicos forense correspond.....