Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos GERARDO DE JESUS ANDRADE AVILA Y ELLYS PAOLA VARGAS VALLADARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos V- 14.657.071, y V- 18.202.832, respectivamente, cuyo domicilio conyugal estuvo fijado en la Urbanización San Jacinto, Sector 7, Vereda 12, casa N° 3, en Jurisdicción de la Parroquia Juana de Ávila Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contrajimos matrimonio el día 01 de Febrero del 2008, por ante el Jefe Civil y el Secretario de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 9, del año 2008.
2) Asimismo se deja establecido seg.....