Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE, PRIMERO: Decreta la aprehensión en flagrancia de los ciudadanos JUAN DANIEL PINEDA MARQUEZ y HENRY ALEXANDER VILCHEZ CORTEZ, antes identificados, toda vez que la aprehensión de los mismos, se subsume en una de las hipótesis descritas por el legislador, concretamente al momento de ocurrir el hecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 44, numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en el artículo 248 del Texto Penal Adjetivo. SEGUNDO: Se impone a los ciudadanos JUAN DANIEL PINEDA MARQUEZ, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el .....