V
DECISION
En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, declara INADMISIBLE, la acción de amparo constitucional, conjuntamente con medida cautelar innominada, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 numeral 5 de la Ley de Amparo sobre derechos y Garantías Constitucionales, interpuesto por el ciudadano Manuel Norberto de Macedo Méndez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.689.542, actuando en representación de CORPORACIÓN MARAPLAY, C.A., asistido por el ciudadano Gilmer José Narváez Colmenares, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.466, contra el acto administrativo emanado del Cuerpo de Investigaciones Aduaneras y Tributarias adscritos al Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), contenido en el Acta Policial Nº CR2-D21-SO-DRN emanada del Departamento de Resguardo Nacional, Sección de Operaciones de.....