Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Séptimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del imputado YIMIS MANRIQUEZ LOPEZ, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 06-07-75, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, Cédula de identidad N° 13.590.771, hijo de Adolfredo Lopez y Maria Diaz, manifestó saber leer y escribir, y con residencia en la urbanización San Francisco la Popular, sector 12, vereda 53, casa Nº 01, San Francisco, Estado Zulia, por su presunta participación en el delito USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el Artículo 322 del Còdigo Penal Venezolano, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, siendo que el imputado, debe cumplir con las obligaciones siguientes: 1.- Pre.....