En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, formulada por los ciudadanos: ALBERTO TAPIAS, y SANDRA MILENA CHAPARRO ACEVEDO, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil Venezolano vigente y en la Sentencia vinculante Nº 1.070 de fecha 09-12-2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante la Primera Autoridad Civil del municipio Pedraza, parroquia Ciudad Bolivia, municipio Pedraza del estado Barinas, en fecha veinticuatro (24) de diciembre del año dos mil cinco (2005), según se evidencia en copia certificada del acta de matrimonio signada con el Nº 128, expedida por la Oficina de Reg.....