DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, de conformidad con lo previsto en el artículo 472, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de la demanda de fijación de obligación de manutención y bonificaciones especiales, incoada por la ciudadana. YILIA LISBETH MÁRQUEZ GAVIRIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.783.022, actuando en nombre y representación de su hija de tres (03) años de edad, cuyo nombre se omite por razones de ley; contra el ciudadano: LUÍS GILBERTO NIÑO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-19.783.23.....