III
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo previsto en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, interpuesta por la ciudadana Nilda Magdaleno de Vassallo, titular de la cédula de identidad N° V-1.377.338, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 122.180, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de GRUPO MOTTAINAI, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 29 de mayo de 2001, bajo el N° 44, Tomo N° 41-A y en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-30817593-5, con domicilio procesal en el C.C. Metrópolis Shoping, local M1-130, Autopista Regional del Centro, Valencia estado Carabobo, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº SNAT.....