Consta en autos, que éste Tribunal, por auto de fecha once (11) de mayo del 2022, inserto al folio sesenta y uno (61), fijó la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Pruebas, e igualmente, consta en autos que en el día y hora fijados, no concurrieron las partes, ni sus apoderados, según se evidencia en auto de fecha siete (07) de Junio de 2022, cursante al folio sesenta y tres (63), lo que trae como consecuencia, la EXTINCIÓN del proceso conforme a lo dispuesto en el Artículo 223 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.-