Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la aprehensión del imputado: EDISON JESUS URRIBARRI URDANETA, titular de la cédula de identidad No. V-11.870.912, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo estado Zulia, fecha de nacimiento 03/10/1985, de 44 años de edad, casado, de profesión u Oficio comerciante, hijo de Edison Urribarri y Carmen Urdaneta, residenciado en Sector Sabaneta, Parcelamiento Tamanaco, Calle 107, Casa S/N, diagonal al Abasto Los Medanos, Parroquia Manuel Dagnino, Municipio Maracaibo, Estado Zulia; teléfono 0261-786.07.72, por la presunta comisión del delito RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, por lo que CALIFICA .....