Seguidamente este
Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE los bienes señalados por la parte actora y ordena que se mantengan los mismos en la Depositaria Judicial Venezuela C.A. Así mismo esta juzgadora observa que los precios señalados en su oportunidad en forma preventiva, le fue fijado precio a razón de bolívares de acuerdo a la ley para su momento, pero ante la vigencia del decreto ley de conversión monetaria los mismos deben actualizarse a la norma ya citada.