En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR, el Ofrecimiento de Obligación de manutención realizado por el ciudadano: EDIXON JOSÉ RIVAS CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.771.000, de ocupación u oficio Funcionario Policial (supervisor) de la Dirección del Cuerpo de Policía del estado Barinas, domiciliado en la Urbanización Terrazas de Santo Domingo, apartamento Nro. 100 A, calle 27 B, Municipio Bolívar, estado Barinas, número de telefónico 0414-5711667, correo electrónico: edixonjoserivas@gmail.com, quien actúa en representación de sus hijos: (SE OMITE EL NOMBRE) de diez (10) años de edad y (SE OMITE EL NOMBRE) de .....