DISPOSITIVA
Por las razones y los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECRETA CON LUGAR el Procedimiento de Flagrancia, según lo establecido en el Artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. SEGUNDO: SE DECRETA CON LUGAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano: JESÚS ENRIQUE GUERRERO ZAMBRANO, venezolano, fecha de Nacimiento 30/05/1985, titular de la cédula de identidad número V.-17.462.132, Estado civil concubino, de profesión u oficio Chofer, hijo de TRINA ZAMBRANO Y PEDRO GUERRERO, residenciado en el Sector La Lago, Calle 80 con Calle 81, casa 80-20, del Municipio Autónomo Maracai.....