Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los imputados MIGUEL ANGEL CARRIZO LEAL, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, Titular de la Cedula de Identidad N° 14.280.997, de profesión u oficio Comerciante, de 25 años de edad, soltero, hijo de NARVA EUDO CARRIZO RINCÓN y EGLA BEATRIZ LEAL, residenciado en el Barrio 18 de Octubre, Avenida 2, Calle E, Casa N° 316, a cinco casas del reten de transito, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. JOSE DAVID LEAL NEGRON, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, Titular de la Cedula de Identidad N° 15.937.549, de profesión u oficio Estudiante, de 21 años de edad, soltero, hijo de ORANGEL ANTONIO LEAL y NILA VIOLETA NEGRÓN DE LEAL, residenciado en la Urbanización Lago Mar .....