En orden a los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Terminado, por abandono del tramite, el procedimiento sustanciado con motivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana DUNIA ROJAS, titular de la cédula de identidad número 16.664.673, debidamente asistida por el abogado Saúl Torres, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 14.017, frente a la violación de derechos de rango constitucional que denuncia transgredidos por SERVICIOS INTEGRALES L.S., C.A., toda vez que los hechos alegados por la parte accionante no afectan el orden público.