Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, impone al ciudadano YHONNY JOSE PUERTAS NIELES, de nacionalidad venezolana, natural de Barquisimeto, Estado Lara, de fecha de nacimiento 26/09/1973, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.597.544, hijo de Milagro Hernández y Alfredo Puertas, soltero, alfabeta, comerciante, residenciado en la calle San Benito, casa N° 1, detrás del Banco Banfoandes, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, teléfono: 0414-5226589, Medida Cautelar Sustitutiva, por aparecer fundados elementos de convicción para estimarlo autor del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana VIRNA DEL CARMEN VARGAS RODRIGUEZ, todo de conformidad con el artículo 256, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, acorde con el artículo 260 eiusde.....