DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la oposición interpuesta por la Sucesión Guiseppe Tirella Calabrese.
Se condena a la Sucesión Guiseppe Tirella Calabrese al pago de los intereses moratorios de conformidad con el artículo 66 del Código Orgánico Tributario, por el monto de once millones seiscientos noventa mil novecientos tres bolívares con treinta y seis céntimos (Bs. 11.690.903,36).
De conformidad con el artículo 291 del Código Orgánico Tributario el cual prevé que el embargo de los bienes del deudor constituye una medida para responder del pago intereses y costas aun pendientes, se declara improcedente la extinción de la obligación tributaria y el cese del embargo de los bienes de la contribuyente hasta tanto no se de cumplimiento al pago de los intereses moratorios adeudados al Servicio Nacional Integrad.....