Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177, parágrafo 4to, y el artículo 393 de la LOPNA, resuelve:
¿ Concede autorización para que el niño (nombre omitido art.65 LOPNNA), viaje en compañía de su progenitora la ciudadana Nadia Chaar Malli, portadora de la cédula de identidad No. V-14.117.196, con destino a la Isla de Aruba, Antillas Neerlandesas, con salida el dos (02) de abril de 2012, al seis (06) del mismo mes y año, ambos inclusive.
Ordena la comparecencia del niño (nombre omitido art. 65 LOPNNA), el día nueve (09) de abril de 2012, a la sede de este Tribunal a las dos de la tarde (2:00 a.m.), junto con la progenitora, ciudadana Nadia Chaar Malli, portadora de la cédula de identidad No. V-14.....