Se decreta la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de la imputada: TRINA HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Encontrados, Catatumbo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 25-01-1957, de 57 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Consejera Comunal, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.606.982, Hija de Rosa María Hernández y de Jose Trinidad Barroso (d), residenciado en el Barrio el Che Guevara Rural, que queda entre el Rodeo 3 y el Barrio 26 de Febrero, calle 212B, con avenida 48F, casa No. 48F-105, Parroquia Domitila Flores, Municipio San Francisco, Estado Zulia, teléfono 0416-8666172, por encontrarse incursa presuntamente en la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO DE HURTO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal Venezolano, por lo que dicho imputada queda sujeto a la obligación de presentarse cada treinta días ante el Sistema de Presentación de Imp.....