En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara competente para conocer de la apelación interpuesta en fecha 06/06/2022 por la abogada NUSBIA YURDALY MONTILLA PÉREZ, inscrita en el Inpreabogado Nº 239.191, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Raúl Jesús Quero García, Elizabeth Quero García y Milagros del Valle Quero Soto, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.448.238, V-7.978.061 y V-9.728.412, respectivamente, contra el auto de fecha 02 de Junio de 2022, emitido por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
SEGUNDO: Se declara sin lugar la apelación interpuesta en fecha 06/06/2022 por la abogada NUSBI.....