En razón de las antes consideraciones de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, extensión Santa Bárbara de Zulia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: DECRETAR la extensión del lapso de presentación periódica de cada quince (15) días a cada treinta (30) días, a favor del ciudadano JOVANY RINCON QUINTERO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-17.914.293, residenciado en el barrio 27, casa s/n, El Milagro, vía El Llano, San Cristóbal, Estado Táchira, a quien se le sigue por ante este Despacho causa penal N° CO3-515-2009, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado ene. Artículo 405, en concordancia con el artículo 84 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de JUAN ANTONIO DOS REYS CABRAL, todo de conformidad a lo establecido en la figura.....