Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEGUNDO DE CONTROL AUDIENCIAS Y MEDIDAS EN MATERIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, UNICO: EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, seguida en contra del ciudadano DHIGMAN NAVEA GUTIERRES, Venezolano, Natural de acarigua estado portuguesa, de 27 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.511.370, fecha de nacimiento 20.03.1990, de profesión u oficio obrero, hijo de Liceth Gutiérrez y Joel Petro,, de conformidad con lo previsto en el artículo 49, numeral 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, y por corolario DECRETAR el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en su contra, según lo dispuesto en el artículo 46 ejusdem, en concordancia con el artículo 300, numeral 3 ibídem, aplicables por remisión expresa del artíc.....