Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CODIGO CIVIL, interpuesta por los ciudadanos ALEXIS ANTONIO PADRON JIMENEZ Y YESSICA MARIA BARRETO DE PADRON, venezolanos, mayores de edad, portadores de la Cédula de Identidad Nº V- 17.071.684 Y V- 16.609.464, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo Del Estado Zulia.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que en 24 de Marzo del 2006, ante El Jefe Civil de la Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, que contrajeran los ciudadanos ya mencionados.
• Se homologan los acuerdos en relación a las Instituciones Familiares, es decir, Custodia y .....