Por los razonamientos y fundamentos antes expuestos, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Medida Preventiva de Secuestro sobre el bien inmueble, signado con el Nº 5D, situado en la Urbanización Carabobo, en jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Linda con Inmueble Nº 5B; Sur: Linda con Inmueble Nº 5F; Este: Linda con Terrenos propiedad de la Empresa PDVSA, PETRÓLEO, S.A y Oeste: Linda con Inmueble Nº 5C, según lo solicitado por la parte actora
Se ordena librar el respectivo EXHORTO al JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLÍVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, facultándole para designar y juramentar Secuestratario, que deberá ser juramentado y poner en posesión del inmueble por el juzgado ejecut.....