Por las razones antes expuestas este los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el Procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano YOVANNY GREGORIO PORTILLO VERGARA, nacionalidad Venezolano, fecha de nacimiento 19/01/1990, de estado civil concubino de profesión u oficio, Taxista de Moto, titular de le cedula de identidad N° 19.568.257, hijo de Ana Luisa Vergara y Carlos Medrano Portillo, con residencia sector Los Tizono, via Carrasquero frente a la .....