DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, decreta:
ÚNICO: DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble propiedad de la ciudadana ELLY KARINA FERNANDEZ DE BOSCAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.391.327, del Inmueble ubicado en la Urbanización El Rosal Sur. No. 10, Lote 11, Tercera Etapa, Calle 42, signado con el No. 12-41, en jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia, constituido por una casa-quinta de habitación familiar compuesta de varias piezas y por su terreno propio que abarca una superficie de trescientos cincuenta y siete metros cuadrados (357 mts²), dotada de sus respectivas .....