Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 13 de julio de 2012, por el abogado MARCO ROMAN AMORETTI en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES VIFEMAR S.R.L., contra la sentencia interlocutoria dictada el 13 de julio de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de Amparo interpuesta el 04 de julio de 2.012, por el abogado MARCO ROMAN AMORETTI, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES VIFEMAR, C.A, contra la decisión dictada el 25 de junio de 2012, por el Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego .....