ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA extinguida el ejercicio de la acción penal, y por consiguiente, el Sobreseimiento de la causa penal Nº C02-27170-12, a favor del ciudadano LUIS ENRIQUE LOPEZ LOPEZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 02/10/1984, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 21.598.524, de estado civil soltero, de profesión u obrero, hijo de Maria López y de Padre Desconocido, y residenciado en el Barrio Virgen del Carmen, calle 13, casa s/n, a cuatro casas de la Bodega La Esperanza, de la Población de Encontrado, Parroquia Udón Pérez, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, teléfono de contacto 0426- 824.25.76, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YANETH DEL CARMEN L.....