En consecuencia este Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en lo concerniente al co-demandado ciudadano Felíx Eduardo Andrade González, solicitado por la parte actora ciudadano Carlos José Riverol Ríos, plenamente identificado en actas procesales impartiéndole el carácter de cosa Juzgada; se da por terminado el presente asunto, continuando el presente procedimiento contra la entidad de trabajo Plan Medico Salud Zulia C.A . No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. Así se decide.
EL JUEZ
MgSc. FEDERICO RODRIGUEZ PETIT.
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