PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, al sistema productivo agrícola vegetal y animal que se desarrolla en el predio denominado CONSEJO DE PRODUCTORES Y PRODUCTORAS CATIRE MARIA NIEVES, ubicado en el Sector Chaparrito, asentamiento campesino Santo Domingo, Parroquia Ciudad de Nutrias, Municipio Sosa del Estado Barinas, constante de una Superficie de SEISCIENTAS SETENTA Y CUATRO HECTÁREAS CON OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (674 has. Con 8899 m2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: Terreno ocupado por San Juan Tadeo; SUR: Terreno ocupado por Arre Villaga; ESTE: Terreno ocupado por Agropecuaria Agucuar C.A; y OESTE: Terreno ocupado por San Judas Tadeos y Arre Villaga.
TERCERO: Debido al carácter temporal de las Medidas Cautelares de Protección Agroalimentaria, la presente tendrá la vigencia de veinticuatro (24) meses .....