PRIMERO: Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria se declara COMPETENTE para conocer de la presente Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria.
SEGUNDO:Se decreta la MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, con el fin de resguardar el sistema productivo animal que se desarrolla en el predio denominado "MI ESFUERZO", el cual cumple con los fundamentos establecidos en el artículo 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 1, 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y los artículos 1, 4 y 5 del decreto de Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria Se ordena la protección de la actividad agrícola animal que desarrollan los ciudadanos VICTOR D`CESARE OLIVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV.- 1.602.154 y VICTOR MANUEL D` CESARE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.259.570, asistido el último de los mencionados por el abogado en ejercicio Osma.....