PRIMERO: Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria se declara COMPETENTE para conocer de la presente Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria.
SEGUNDO: Se decreta la MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA Y AMBIENTAL, del sistema productivo agrícola animal y vegetal que desarrolla CENTRO TECNICO PRODUCTIVO SOCIALISTA FLORENTINO C.A., sobre un predio ubicado a la margen derecha de la autopista José Antonio Páez, Sector La Marqueseña, Centro Poblado Nº 1, Vía Guanare, Parroquia Rodríguez Domínguez, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, y sobre los bosques y especies forestales allí existente, con lo fundamento a lo establecido en el artículo 305 y 307 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 1, 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y los artículos 1, 4 y 5 del decreto de Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria.
TERCERO: Debido al carácter temporal de las Medidas Cautelares de Protección A.....