PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Cuestión Previa opuesta por el demandado ALFREDO ANTONIO CHIRINOS, titular de la cédula de identidad Nº V-6.127.771, representado por sus Apoderados Judiciales Abogados en ejercicio HUGO H. MENDOZA y OMAR OSUNA DAVILA, titulares de las cedulas de identidad Nros V-3.915.268 y V-4.257.400, en su orden, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 17.690 y 25.986, respectivamente, con fundamento en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en la presente causa por Partición y Liquidación de los Bienes de la Comunidad Concubinaria intentada por la ciudadana MARIA EUGENIA AZUAJE, titular de la cédula de identidad Nº V-20.961.877.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.