En mérito de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente causa, proveniente del Juzgado Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito del estado Barinas, con motivo al Cobro de Bolívares intentada por la ciudadana LUZ MARINA MARIN ROMAN, titular de la cédula de identidad Nº V-11.713.265, representada por su Apoderado Judicial EDILIO RAMON VALBUENA RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-8.014.737, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.309, en contra del ciudadano WILY ANTONIO ORDUÑO SALGUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.205.749.
SEGUNDO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO sobre la ac.....