D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de Derecho antes expuestas, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo
Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PRIMERO: Parcialmente con lugar la Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 01 de Julio de 2.016, por la Ciudadana: BEATRÍZ ADRIANA NAVAS RONDON en la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs 5.000,oo) Mensuales, a partir del mes de Agosto del año en curso, en beneficio del Niño: ALIBZON XAVIEL CARRILLO NAVAS , una Bonificación especial por la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs.30.000,oo) en el mes de Agosto de cada año, para los gastos de útiles y uniformes escolares, adicional a la Obligación de manutención de ese mismo mes; una Bonificación Especial en.....