D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho ante expuestas, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar el Aumento de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 27 de Octubre de 2.014, por la Ciudadana:¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ Yvis Thais Paez Ortiz, en la cantidad de Mil Quinientos Bolívares (Bs. 1.500,oo) mensuales, que se ordenan, a partir del presente mes de Diciembre del presente año y una Bonificación especial en el mes de Agosto por la cantidad de Cuatro Mil Bolívares (Bs.4.000,oo) adicional a la Obligación de Manutención de ese mismo mes, para la compra de útiles y uniformes escolares, y en el mes de Diciembre de cada año por la cantidad de Cinco Mil Bolívares (Bs. 5.000,oo), para cubrir gastos de estrenos de Navidad y Año Nuevo, como complemento de la Oblig.....