D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario yEjecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba, de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 19de Noviembrede 2.014, por la Ciudadana:Yulimar Beyahir González Betancourt y en consecuencia, fija prudencialmente la cantidad deDOS MIL BOLIVARES (Bs 2.000,oo) Mensuales, que se ordenan cancelar a partir del mes de Enero del año 2.015, en beneficio de su hijo: Jeferson José Altuve Gonzálezy las Bonificaciones Especiales en los meses de Agosto para la compra de útiles y uniformes escolares, adicionales a la Obligación del mes por la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 3.500,oo); y Diciembre de cada .....