En consecuencia este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGAEL PRESENTE DESISTIMIENTO del procedimiento formulado, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.- Se ordena el archivo del presente expediente.-