D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de Derecho antes expuestas, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PRIMERO: Con Lugar la Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 30 de Marzo de 2.016, por la Ciudadana: YENSI YISEL GARCES PÉREZ en la cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs 4.000,oo) Mensuales, a partir del mes de Mayo del año en curso, en beneficio de la Niña: AURIMAR YURISEL BENCOMO GARCES, una Bonificación especial por la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs.20.000,oo) en el mes de Agosto de cada año, para los gastos de útiles y uniformes escolares, adicional a la Obligación de manutención de ese mismo mes; una Bonificación Especial en el mes de Diciembre de cada año,.....