D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de Derecho antes expuestas, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PRIMERO: Con Lugar la Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 26
de Octubre de 2.016, por la Ciudadana: LADY ORTIZ RONDON, en la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo) Mensuales, a partir del mes de Noviembre del año en curso, en beneficio de los Adolescentes: Jhostin Alejandro y Kelvin Argenis Hidalgo Ortiz, una Bonificación especial por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo), en el mes de Diciembre de cada año, para los gastos de Estrenos de navidad y año nuevo, como complemento a la obligación de manutención y adicional a la Obligación .....