En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de DIVORCIO FUNDAMENTADO EN EL ARTICULO 185-A DEL CODIGO CIVIL, iniciaran los ciudadanos RAFAEL OMAR TORRES y MARIA DOMITILA HERRERA JAIME, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas identidad Nro.V-10.722.784 y V-10.638.850 respectivamente. En consecuencia, queda extinguido el procedimiento.