este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 y 824 del Código Civil Venezolano, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, DECLARA como Únicos y Universales Herederos del de-cujus EDEN PAUL CHACIN URDANETA, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-4.750.415 domiciliado en La Urbanización Bella Vista, carrera 6 con calle 18, casa Nº17-26, Parroquia Barinitas, del Municipio Bolívar del Estado Barinas, fallecido ab-intestato en fecha 12 de junio del año 2016 a consecuencia de: INSUFICIENCIA CARDIACA DESCOMPENSADA, INFECCION RESPIRATORIA BAJA, INSUFICIENCIA RENAL CRONICA REAGUDIZADA, SHOCK CARDIOGENICO, según Acta de Defunción Nro.37, a los ciudadanos: MARIA .....