En orden de los hechos narrados y con fundamento en las motivaciones que preceden y de las disposiciones legales citadas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO CONTENTIVO DE LAPSO DE PRORROGA LEGAL, incoado por el ciudadano ALI DAWARA DAWARA, asistido por el abogado OMAR OSUNA DAVILA contra el ciudadano JUAN BOSCO ANGULO GONZALEZ, asistido por el abogado GUALBERTO TORO CANELON suficientemente identificados en autos, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena al demandado JUAN BOSCO ANGULO GONZALEZ, a la entrega del inmueble que ocupa en calidad de Arrendatario, conformado por un local comercial distinguido con el Nro2, en el Edificio Don Salman, calle 12 entre carreras 5 y 6 de la Parroquia Barinitas , Municipio Bolíva.....