PRIMERO: Declara CON LUGAR, la Demanda de Fijación de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana ANA CECILIA RUIZ RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.205.558, domiciliada en urbanización Villa Nueva, callejón 1, al lado de la residencia El Tabacote, casa s/n, de la Población de Barinitas, Municipio Bolívar del Estado Barinas, en su condición de madre del adolescente SE OMITE EL NOMBRE de trece (13) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 32.087.274; en contra del ciudadano ALI ALEXANDER AVILA HENAO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nro.V-11.187.326, de ocupación vigilante en la Escuela Bolivariana José Vicente Unda de la Parroquia Barinitas Municipio Bolívar adscrito a la Zona Educativa del Estado Barinas. SEGUNDO: Se fija la Obligación de Manutención en la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs: 300.000,00) mensuales por concepto de obligación de manutención; la cantidad de QUINIENTOS MIL BO.....